Publicada en el BOE la Ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal (Ley 11/2021)

El pasado sábado 10 de julio se publicó en el BOE la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Esta nueva Ley contempla numerosas medidas que afectan a diversas figuras tributarias, y cuyo fin es introducir nuevos parámetros que ayuden a prevenir y luchar contra el fraude fiscal.

Ofrecemos a continuación un resumen de las medidas más relevantes:

Se prohíben los pagos en efectivo para operaciones entre empresarios superiores a 1.000 euros

Se reduce el límite máximo permitido actualmente de 2.500 euros a 1.000€, el objetivo es reducir las operaciones en efectivo ya que son más difíciles de rastrear y así evitar situaciones fraudulentas.

También se modifica el límite para personas físicas no residentes en España, que de los 15.000 euros actuales pasa a ser de 10.000 euros.

El valor de referencia del Catastro se convertirá en la base imponible de los tributos patrimoniales

La Ley contra el fraude fiscal establece un nuevo valor de referencia para bienes inmuebles que sustituirá al valor real a los efectos de determinar la base imponible en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, como en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones y también el Impuesto sobre Patrimonio.

Se establece un valor de referencia previsto en la Ley del Catastro Inmobiliario, y que se incluye entre el contenido de la descripción catastral de los bienes inmuebles y que se basa en todas las compraventas de inmuebles efectivamente realizadas y formalizadas. Este valor se fijará por el Catastro a partir del 1 de enero de 2022, fecha en la que entraría en vigor.

Modificación de la tributación de las ganancias obtenidas tras un pacto sucesorio

Se establece, con efectos desde el 11 de julio de 2021, que el beneficiario que transmita los bienes adquiridos antes del transcurso de 5 años desde la celebración del pacto sucesorio o del fallecimiento del causante si es anterior, se subrogará en la posición de éste respecto del valor y fecha de adquisición de los bienes.

Se establece un régimen transitorio para esta modificación señalando que únicamente se aplicará a las transmisiones de bienes efectuadas con posterioridad al 11 de julio de 2021.

Por otra parte, se modifica el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones para incluir como nuevo supuesto de acumulación, las adquisiciones producidas como consecuencia de contratos y pactos sucesorios formalizados entre las mismas personas.

Se fomenta el pago voluntario del contribuyente

La Ley antifraude introduce modificaciones en el sistema de recargos por extemporaneidad sin requerimiento previo, estableciéndose un sistema de recargos crecientes:

Recargo del 1 por ciento más otro 1 por ciento adicional por cada mes completo de retraso hasta que haya transcurrido un periodo de doce meses, y sin intereses de demora.

Transcurridos los doce meses recargo del 15% e intereses de demora.

Se limitan los programas informáticos de contabilidad

Se regula una nueva obligación formal con el objetivo de no permitir la producción y uso de sistemas informáticos que permitan manipular la contabilidad de las empresas, consistente en la obligación de que los sistemas y programas informáticos se justen a ciertos requisitos que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad e inalterabilidad de los registros.

Esta nueva obligación y su régimen sancionador entrarán en vigor el 11 de octubre de 2021 (3 meses después de la entrada en vigor de la Ley 11/2021).

Más control sobre las criptomonedas

Se introducen con efectos desde el 11 de julio 2021, nuevas obligaciones de suministro de información a la Administración para reforzar el control sobre los hechos imponibles relativos a monedas virtuales.

Se exigirá suministrar información sobre las operaciones realizadas con criptomonedas, esta obligación abarcará los movimientos de compra, transmisión, cambio y transferencia en las que intervengan. Además, se incluyen estas monedas en la declaración de bienes y derechos en el extranjero.