Servicio de notificaciones electrónicas DEHU

Para comprender que es la Dirección electrónica habilitada única “DEHU” y sus efectos nos remontamos al Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que establece un procedimiento administrativo por medios electrónicos, cuyos aspectos clave son:

  • Desde el 6 de septiembre de 2021 todas las notificaciones electrónicas administrativas y tributarias estarán disponibles en la DEHU.
  • Transitoriamente hasta el 4 de abril de 2022, se mantiene el envío de las notificaciones tanto a la DEHU como a la antigua DEH.

¿Qué es la DEHU?

Se trata de un portal para la puesta a disposición de las notificaciones electrónicas que facilita a los ciudadanos el acceso y comparecencia a sus notificaciones y comunicaciones emitidas por las Administraciones Públicas ( https://dehu.redsara.es/).

El acceso al portal se realiza mediante la identificación con los siguientes sistemas: certificado digital o DNI electrónico – Clave Pin – Clave permanente.

¿Cuál era la situación anterior?

Hasta el 6 de septiembre de 2021, los contribuyentes obligados a ser notificados por vía electrónica, tenían dos vías para acceder a su contenido:

  • Mediante la DEH, por el portal 060, donde se recibían las notificaciones de muchas Administraciones.
  • Accediendo al propio portal de la Administración, si no se estaba adscrito al 060.

Para facilitar la adaptación al nuevo sistema DEHU se estableció un periodo transitorio durante el cual se mantendrá el envío de las notificaciones a la DEH. Esto supone que una vez finalizado dicho periodo, para seguir recibiendo un aviso previo por mail de la recepción de una notificación electrónica, debemos entrar en la nueva dirección habilitada única y configurar nuevamente la dirección de correo en la que deseemos recibir los avisos.

Cuando hablamos de contribuyentes obligados a ser notificados electrónicamente por la Administración Pública, nos referimos a los comprendidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre:

  • Las personas jurídicas
  • Las entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria.
  • Todo representante de un obligado a recibir notificaciones electrónicas.


Es muy importante revisar y tener actualizados los datos de contacto comprobando la corrección de los correos electrónicos, estableciendo también una rutina periódica de acceso a la DEHU por la importancia que tiene a efectos del cómputo de plazos.